Nuevas Disposiciones de la CNE sobre balizado, GPS e interoperabilidad en transporte y distribución de hidrocarburos.

El 23 de septiembre de 2025, la Comisión Nacional de Energía (CNE) publicó en el Diario Oficial de la Federación las Disposiciones Administrativas de Carácter General (DACG’s) que establecen los lineamientos para el balizado, los requerimientos técnicos y de interoperabilidad aplicables a las unidades vehiculares utilizadas en los permisos de transporte y distribución de petrolíferos, gas LP y petroquímicos por medios distintos a ductos.

Estas medidas buscan fortalecer la trazabilidad, la seguridad logística y la transparencia en la cadena de suministro de hidrocarburos, atendiendo a compromisos de seguridad pública, eficiencia regulatoria y combate al mercado ilícito.

Alcance y sujetos obligados.

Las disposiciones aplican de manera obligatoria a todas las personas permisionarias que realicen actividades de transporte o distribución de hidrocarburos por medios distintos a ducto, incluyendo autotanques, semirremolques, carrotanques, tractocamiones y vehículos de reparto.

Principales obligaciones.

    1. Balizado con Código QR.
    • Cada unidad deberá portar un balizado reflejante con vida útil mínima de cinco años, que incluya un Código QR emitido exclusivamente por la CNE.
    • El QR contendrá información clave: nombre del permisionario, tipo y vigencia del permiso, productos autorizados, placas, seguros, rutas y estado operativo de la unidad.
    • La omisión o deterioro del balizado constituye incumplimiento sancionable.
    1. Sistema GPS en tiempo real.
    • Obligatorio para todas las unidades.
    • Requisitos técnicos: interoperabilidad mediante API abierta, transmisión cifrada TLS 1.2 o superior, frecuencia mínima de cada 30 segundos, respaldo local por 72 horas, y disponibilidad mínima del 99 %.
    • Los registros deben conservarse durante 12 meses y ponerse a disposición de la CNE en cualquier momento.
    1. Sistema SIRACP.
    • Plataforma digital de la CNE para gestión de información y supervisión.
    • Funcionalidades: consulta vía QR, monitoreo de rutas, administración de estados operativos, reportes automatizados e interoperabilidad con otras autoridades.
    • Perfiles de acceso diferenciados: administrador del permiso, operador de unidad y verificador (autoridades).
    1. Estados operativos.

    Las unidades deberán reportar en el SIRACP su condición en todo momento:

    • En operación.
    • Fuera de operación.
    • Fuera de operación temporal (ej. mantenimiento mayor).
    • En traslado (sin transportar producto).
    1. Verificación, denuncias y sanciones.
    • La CNE podrá realizar verificaciones documentales, operativos en campo y visitas no programadas.
    • Se habilita un mecanismo de denuncias ciudadanas mediante QR.
    • El incumplimiento (ej. manipular GPS, duplicar QR, no reportar estados operativos) será sancionado conforme a la Ley del Sector Hidrocarburos.

    Plazos y transitorios.

    • Entrada en vigor: 24 de septiembre de 2025.
    • Permisionarios con carrotanques: 15 días hábiles para actualizar su permiso ante la CNE.
      • Esta actualización responde a la necesidad de que cada carrotanque quede plenamente identificado y homologado en el nuevo sistema regulatorio.
      • La CNE exige registrar documentos como propiedad o arrendamiento, póliza de seguro, tarjeta de circulación, número de identificación vehicular, capacidad volumétrica y permiso SICT.
      • Con ello se asignará a cada unidad un Código QR único, obligatorio para operar.
    • Implementación de balizado: máximo 20 días hábiles tras recibir el QR.
    • Permisionarios de gas LP sin GPS: 30 días hábiles para instalarlo.

    Conclusión.

    Estas DACG’s constituyen un nuevo estándar regulatorio y tecnológico para el transporte y distribución de hidrocarburos en México. Su cumplimiento no sólo implica ajustes operativos inmediatos, sino la necesidad de implementar sistemas robustos de cumplimiento normativo, gestión de riesgos y seguridad logística.

    La oportunidad para el sector radica en anticiparse, adoptando soluciones que aseguren trazabilidad, eficiencia y certeza frente a la creciente vigilancia regulatoria.

    Nota legal: El presente artículo es únicamente informativo y no sustituye la asesoría jurídica profesional. Las decisiones sobre trámites o cumplimiento normativo deben tomarse con base en el análisis de cada caso concreto y con el debido acompañamiento legal especializado.